Al pasar a retiro, que puede ser voluntario u obligatorio, el personal militar pasa a cobrar un haber equivalente a la jubilación para los trabajadores. A medida que el sueldo militar está regulado por el gobierno, el monto que un militar ganará en su jubilación depende del ingreso con el que egrese de la fuerza correspondiente.
La jubilación de militar también se puede tramitar gratuitamente en Anses, como las jubilaciones y pensiones de otro tipo de trabajadores, pero tienen requisitos particulares en relación a los años de servicio de que se deben cumplimentar, la edad, etc.
Cuál es la jubilación que debe cobrar un militar?
Cómo se calcula la jubilación de un militar en Argentina
Como mencionamos, los retiros y pensiones militares se rigen por la Ley 19.101, sus modificatorias y por la reglamentación de la ley para cada una de las Fuerzas Armadas. No tiene nada tiene que ver con los llamados Regímenes de Privilegios.
El personal superior y subalterno del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas tiene derecho a un haber de retiro a partir de los veinticinco (25) años de servicios simples militares, según la tabla de porcentajes establecida en la citada Ley 19.101.
En esa normativa, en el artículo 74, que corresponde al capítulo V, se detalla que “el haber de retiro se calculará sobre el cien por ciento de la suma de los conceptos de sueldo y suplementos generales a que tuviere derecho a la fecha de su pase a situación de retiro o de su cese en la prestación de los servicios a que se refiere el artículo 62, en los porcentajes que fija la escala del artículo 79.”
Es decir, el primer haber jubilatorio que cobra un militar al retirarse, sea cuál sea su situación al momento de retirarse, sea el retiro obligatorio o voluntario, se vinculará al 100% de la remuneración y suplementos que recibía en actividad en su último cargo en la fuerza correspondiente.
La mencionada ley también dice que “percibirá, con igual porcentaje, cualquier otra asignación que corresponda a la generalidad del personal de igual grado, en actividad.”
No se incluyen en esos suplementos las asignaciones familiares que establece la legislación nacional, así como los suplementos particulares y otras compensaciones.
Luego, ese haber jubilatorio que percibe el militar retirado, de acuerdo a la ley que lo determina, se actualiza anualmente “como consecuencia de los aumentos o disminuciones que la ley de presupuesto general de la Nación introduzca en los sueldos y suplementos generales del grado con que fueron calculados.”
Por caso, a fines de febrero de 2024 fue la última vez que el ministro de Defensa, Luis Petri, y el ministro de Economía, Luis Caputo, fijaron un aumento para el personal militar de las Fuerzas Armadas. Dicho aumento se publicó en el Boletín Oficial de la Nación y comenzó a regir a partir del primero de marzo.
Vale la pena mencionar que el personal militar en situación de retiro y sus pensionistas continúan aportando el 11% de su haber hasta la extinción del beneficio, según lo establecido en la Ley 22.919. De esta manera, los militares retirado siguen contribuyendo con el Estado a la financiación de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión.
El trámite para el otorgamiento de un beneficio pensionario debe ser iniciado en la Fuerza Armada correspondiente, existiendo a la fecha, un régimen de pagos provisorios. Una vez otorgado el beneficio, se envía una comunicación de alta al titular, indicando la fecha y el lugar de pago en donde deberá efectivizar el primer y los sucesivos cobros.
Cuánto cobra un militar hoy
Como dijimos, la jubilación de los militares parte del 100% del haber que tiene en el mejor cargo que ocupó al pasar a retiro.
En la actualidad, según el mencionado aumento de febrero de 2024 a efectivizar en marzo, estos son los sueldos determinados para el personal de las Fuerzas Armadas de la Nación en actividad.
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 422.075 pesos
Voluntario 2da., Marinero 2da. 390.591 pesos
Requisitos para la jubilación de militarLos militares también deben cumplir una edad jubilatoria y haber prestado una cantidad de años de servicios. Para ese cálculo, si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular. Según consta en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses, para el retiro del personal militar, de prefectura o gendarmería, los requisitos son los siguientes: 60 años de edad para las mujeres 65 años de edad para los hombres 30 años de servicios en ambos casos
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Teniente General, Almirante, Brigadier General 1.797.729 pesos
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General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor 1.603.177 pesos
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General de Brigada, Contralmirante, Brigadier 1.460.655 pesos
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Coronel, Capitán de Navío, Comodoro 1.279.406 pesos
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Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro 1.112.380 pesos
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Mayor, Capitán de Corbeta 876.371 pesos
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Capitán, Teniente de Navío 725.809 pesos
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Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 645.564 pesos
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Teniente, Teniente de Corbeta 581.997 pesos
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Subteniente, Guardiamarina, Alférez 527.099 pesos
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Suboficial Mayor 898.864 pesos
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Suboficial Principal 796.863 pesos
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Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante 706.430 pesos
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Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar 621.383 pesos
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Sargento, Cabo Principal 557.862 pesos
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Cabo Primero 500.648 pesos
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Cabo, Cabo Segundo 463.379 pesos
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Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 422.075 pesos
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Voluntario 2da., Marinero 2da. 390.591 pesos
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Requisitos para la jubilación de militarLos militares también deben cumplir una edad jubilatoria y haber prestado una cantidad de años de servicios. Para ese cálculo, si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular. Según consta en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses, para el retiro del personal militar, de prefectura o gendarmería, los requisitos son los siguientes: 60 años de edad para las mujeres 65 años de edad para los hombres 30 años de servicios en ambos casos
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